Hicimos conocedora a la empresa como sección sindical que designar unilateralmente el disfrute de días de libre disposición en periodos no productivos en la planta de NOMEX(R), a nuestro juicio, era un cambio sustancial y deberia pasar como consulta por el seno del comité. Ante la inhación de la empresa nos vemos abocados a demandar en sede judicial de Gijón. FALLO A FAVOR DE LOS TRABAJADORES, LA EMPRESA RECURRE. El TSJA se reafirma en la sentencia y FALLA A FAVOR DE LOS TRABAJADORES. Lamentablemente el perjuicio para los trabajadores ya está hecho y sin posibilidad de retorno, con lo avanzado del año los días están disfrutados tal cual impuso la empresa de forma unilateral.
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